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Artículo 1138 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Va aclarar cómo se venden o dan los medicamentos al público. Los divide en seis grupos: 1) los que solo se consiguen con un permiso especial de la Secretaría de Salud, 2) los que necesitan receta médica que la farmacia te retiene y anota en sus libros, 3) los que también piden receta, pero la farmacia no te la queda y puedes surtirla hasta tres veces, 4) los que requieren receta y la puedes usar todas las veces que el doctor diga, 5) los que se venden sin receta, y 6) los que no piden receta y además se pueden comprar en tiendas que no sean farmacias. Las farmacias deben tener un sello con la fecha y etiquetas con sus datos, mientras que los botiquines solo necesitan el sello.

Texto oficial

ARTICULO 1138.-Los medicamentos. para 'su venta o suministro al público, se con• sideran: l.' Medicamentos que sólo pueden adquirirse con receta o permiso especial, expedi• do por la Secretaria de :a::!uerdo a los términos señalados en los articulo s 1207, 1208, 1209, 1210, 1211, 1212 Y 1213 de es'te Reglamento; II. Medicamentos que rE!quieren, para su adquisición, receta médica, que deberá re• tenerse en la farmacia y ser registrada en los libros de control que al efecto se lleven, de acuerdo a los términos seiialados en los articulo s H80. 1181 y 1182 de este Reglamen• to. III. Medicamentos que sólo pueden adquirirse con receta médica, misma que no se retendrá en la farmacia y puede surtirse hasta en tres ocasiones; IV. Medicamentos que para adquirirse rE~quieren receta médica, pero pueden resur• tirse tantas veces como lo indique el facultativo que prescriba; V. Medicamentos disponibles sin receta, y VI. Medicamentos que para adquirirse no requieren receta médica y que pueden expenderse en otros establec:imientos que no sean farmacias. Las droguerias, farmacias y boticas, contarán con sello fechador y etiquetas con to• dos los datos correspondientes al mismo y al responsable. Los botiquines solamente con• tarán con sello fechador.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 122) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.