Artículo 1146 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1146 dice que está permitido guardar y vender plantas medicinales, siempre y cuando no representen un peligro para la salud de las personas. Esto aplica solo a esas plantas que sean seguras y no causen daño. Si una planta medicinal pudiera ser riesgosa, no se podría almacenar ni vender. Es como una regla para que nadie se enferme por consumir algo que no está controlado.
Texto oficial
ARTICULO 1146.--8ó10 se permitirá el almacenamiento y venta de plantas medici• nales, que no impliquec un pelígr0 para la salud de las personas. CAPITULO n Equipos J\'Iédicos, Prótesis, Ortesis, Ayudas Funcionales. Agentes de Diagnóstico, Insumos de uso Odontológico, Materiales Quirurgicos de Curación y Productos Higiénicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.