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Artículo 1220 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud será la encargada de fijar y dar a conocer los límites máximos permitidos de exposición a sustancias peligrosas para los trabajadores que están en contacto con ellas y para el público en general, sin importar que otras autoridades también tengan facultades en el tema. También establecerá las reglas para situaciones de emergencia, los niveles seguros en productos de uso diario como alimentos o materias primas, y las formas de tomar muestras y analizar el aire, agua, suelo y alimentos. Además, definirá cómo medir la exposición de los trabajadores, las características del equipo de protección personal que deben usar, y cada cuándo necesitan hacerse exámenes médicos. En resumen, esta ley le da a la Secretaría la tarea de poner todas las medidas necesarias para cuidar la salud de las personas frente a sustancias peligrosas.

Texto oficial

ARTICULO 1220.--En materia de exposición de personas a los productos y sustan. c:as que regula este Título, la Secretaría, sin perjuicio de las atribuciones que correspon- den a otras autoridades competentes, determinará y publicará: I. Los límites máximos de exposición para el personal ocupacionalmentc expuesto y la población en general; n. Las condiciones y límites máximos de expsición en casos de situaciones de emer- g.:;ncia; III. Los límites máximos permisibles en sustancias, materias primas y productos, d(~uso y consumo humano; IV. Los métodos de muestreo y análisis en el aire, agua,' suelo y alimentos; V. Los métodos de medición y dosimetría del personal ocupacionalmcntc expue:;to; VI. Las características y requIsitos sanitarios de los equipos de protección perso- nal; VII. Los requisitos y periodiéidad de los exámenes médicos a los que deba somder- se el personal ocupacional mente expuesto, y VIII. Los demás aspectos o medidas que considere necesarios que deben acl,);;tarse p:tra proteger la salud humana. -

Ver ley oficial en el DOF (pág. 134) ↗

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