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Artículo 125 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a crear una Red Nacional de laboratorios para revisar y controlar que los medicamentos, alimentos y productos sean seguros. En esta red podrán participar tanto empresas privadas como organismos públicos de México y del extranjero. Para lograrlo, la Secretaría buscará hacer acuerdos con oficinas del gobierno, escuelas y centros de investigación que tengan laboratorios o equipos que puedan servir para estas tareas de control sanitario.

Texto oficial

ARTICULO 125.-Para ejercer la regulación y el control sanitarios a que se refiere el presente Reglamento, la Secrl~tarl a promoverá la instrumentación de la Red Nacional de laboratorios de regulación y control sanitario, previendo la participación de organis• mos públicos y privados tanto nacionales como internacionales. A efecto de cumplir con lo dispuesto en el artículo precedente, la Secretaria promo• verá las acciones y convenios conducentes con las dependencias oficiales y las institucio• nes de educación e investigación que posean infraestructura susceptible de emplearse en las funciones de regulación y control sanitarios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.