Artículo 1252 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 1252 dice que todos los productos de perfumería y belleza deben hacerse pruebas científicas (llamadas ensayos biológicos) para asegurar que no dañen la salud. Estas pruebas varían según el producto, por ejemplo, para champús se revisa si irritan la piel o los ojos, y para tintes se checa también si causan alergias. La lista incluye desde jabones y cremas hasta perfumes y productos para niños. Cada tipo de producto tiene sus pruebas específicas, como irritación en la piel, en los ojos o sensibilidad al sol. Los métodos para hacer estas pruebas los decide o los aprueba la Secretaría (que es la autoridad de salud).
Texto oficial
ARTICULO 1252.-En los productos de perfumería y belleza, deberán llevarse a ca- b( ;nsayos biológicos con los mismos, a fin de comprobar que no causarán daño a la sa- lu Estas pruebas según el tipo de producto deberán realizarse de acuerdo a la norma correspondiente y serán las siguientes: 1. Pro'ductos para el cabello como: a) Acondicionadores, enjuagues, lociones capilares y champúes: 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. lndice de irritación ocular. b) Tintes y permanentes: 1. lndice de irritación primaria dérmica. 2. Indice de sensibilización. c) Neutralizadores de permanente, decolorantes, oxidantes, tonalizadores y fijado- res: . 1. Indice de irritación primaria dérmica. n. Productos para el área de los ojos: a) Sombras, delineadores, máscaras para pestañas, desmaquillantes y cremas: 1. Indice de irritáción primaria dérmica. 2. lndice de irritación ocular. III. Productos faciales y para el cuerpo: a) Cremas, lociones, maquillajes, talcos y polvos: 1. lndice de irritación primaria dérmica. b) Depilatorios: 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. lndice de sensibilización. c) Lápices labiales: 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. Indice de sensibilización. d) Bronceadores y filtros solares: 1. Indice de irritación primaria dérmica. . 2. Indice de fotosensibilización o fototoxicidad. e) Repelentes de insectos: 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. Pruebas toxicológicas que incluyan DLso oral aguda, DLsú dérmica y CLso pqr inhalación en rata. IV. Productos para aseo personal: . a) Jabón de tocador, jabón desodorante y productos para el baño o ducha; 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. Indice de irritación ocular. b) Desodorantes o anti-transpirantes: 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. lndice de sensibilización. c) J abones y cremas para afeitar: 1. Indice de irritación primaria dérmica. Lunes 18 de enero de 1988 DIARIO OFICIAL Segunda Sección 13 2. Indice de sensibilización. V. Productos para las uñas: a) Esmalte, quita esmaltes y acondicionadores de cutícula: 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. Indice de sensibilización. VI. Productos de perfumería, y a) Colonias, perfumes, extractos, etc. 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. Indice de fotosensibilización. VII. Productos para niños: a) Champúes y jabones 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. Indice de sensibilización. 3. Indice de irritación ocular. b) Talcos 1. Indice de irritación primaria dérmÍca. c) Aceites, lociones y cremas 1. Indice de irritación primaria dérmica. 2. Indice de sensibilización. Los métodos para llevar a cabo estas pruebas, serán determinados o en su caso apro- bados por la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.