Artículo 205 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las faltas que no estén escritas en este Reglamento se castigarán como lo dice el Artículo 422 de la Ley. Eso quiere decir que si cometes una falta que no viene aquí, no te vas a librar, sino que te aplicarán otra regla que ya está en otra parte. Es como cuando en un juego no está la falta en las reglas, pero el árbitro usa el manual general para sancionarte. Así que siempre debes saber que hay consecuencias aunque no estén enlistadas en este documento.
Texto oficial
ARTICULO 205.-Las infracciones no previstas en este Reglamento, serán sanciona• das en los términos del Artículo 422 de la Ley. CAPITULO XV Procedimientos p3Lra a.plicar sanciones y medidas de seguridad
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.