Artículo 81 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si trabajas con materiales, equipo o utensilios para hacer productos de consumo humano, no deben tener sustancias tóxicas, olores o sabores desagradables. También tienen que ser seguros (inocuos) y no oxidarse ni echarse a perder fácilmente, a menos que una norma oficial diga otra cosa. Además, estos objetos no deben causar que el producto se dañe o se contamine durante su elaboración.
Texto oficial
ARTICULO 81.-Los materiales, el equipo :y los utensilios que se empleen en la fa• bricación de productos, en su caso, no deberán contener sustancias tóxicas, olores ni sa• bores desagradables, y serán inocuos y resistentes a la corrosión, con las excepciones que se señalen en la norma correspondiente. El equipo y utencilios para.. la elaboración de produc:tos para consumo humano, no deberán provocar alteración o contaminación de los mismos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.