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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios
Artículo
96

Artículo 96 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada de la salud) decide en qué situaciones puede dar permiso para que profesionales de otras áreas relacionadas con la salud, técnicos o personas con experiencia parecida trabajen como responsables o ayudantes. Esto aplica cuando no sean médicos, pero tengan conocimientos o habilidades suficientes.

Texto oficial

ARTICULO 96.-La Secretaría determinará en qué casos se podrá autorizar a profe• sionales de otras ramas de las ciencias vinculadas a la saLud, técnicos o personas con ex• periencia equivalente, como rcsponsablés o auxiliares. .

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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