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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
116

Artículo 116 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud puede pedirte una tarjeta de control sanitario si trabajas con órganos, tejidos, productos o cadáveres, y hay riesgo de que se propague una enfermedad. Es como un permiso que te obligan a tener para demostrar que cumples con las reglas de higiene. Te la piden solo cuando existe peligro de contagio, no siempre. La tarjeta sirve para evitar que se expandan enfermedades a través de esos materiales.

Texto oficial

ARTICULO 116.- La Secretaría podrá exigir tarjeta de control sanitario a las personas que realicen o que intervengan en alguno de los actos de disposición de órganos, tejidos y sus derivados, productos y cadáveres, cuando exista riesgo de que se propague alguna enfermedad.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 25) ↗

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