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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Artículo
53

Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La sangre que se dona y sus partes, como el plasma, deben prepararse, guardarse y etiquetarse siguiendo reglas muy estrictas. Esas reglas las pone el Reglamento de este artículo y también las normas técnicas que la Secretaría de Salud publique. En palabras simples: todo el proceso con la sangre debe hacerse como lo indique la ley y lo que digan las autoridades de salud. Nadie puede hacerlo a su modo, porque es para cuidar que la sangre sea segura al usarla.

Texto oficial

ARTICULO 53.-La preparación, almacena• miento y etiquetado de la sangre y sus frac• dones, cumplirán con los requisitos que e!Cijan el presente Reglamento y las normas técnicas e instructivos que emita la Secretaría.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos (pág. 7) ↗

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