Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El SENASICA (la autoridad de sanidad agrícola) puede cambiar las reglas que te puso en tu permiso para controlar plagas o enfermedades de plantas, o pedirte que apliques nuevas medidas. También puede quitarte el permiso de manera temporal o definitiva, pero antes de hacerlo debe avisarte personalmente y darte una oportunidad de explicarte en una reunión. Todo esto solo lo puede hacer si tiene pruebas técnicas y científicas sobre algún riesgo para las plantas. Estas condiciones tienen que estar escritas claramente en tu permiso desde el principio.
Texto oficial
ARTÍCULO 24. El SENASICA, mediante resolución fundada y motivada que deberá ser notificada de manera personal, podrá modificar las medidas de monitoreo, control, prevención y fitosanitarias establecidas en el permiso o requerir la implantación de nuevas medidas, así como suspender o revocar dicho permiso, previa audiencia que se otorgue al permisionario, cuando disponga de evidencia técnica y científica en materia fitosanitaria. Lo anterior deberá ser establecido en los permisos que se expidan.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.