Artículo 41 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se hagan investigaciones con personas, además de seguir las reglas generales de ética, también se deben cumplir las reglas específicas que están en los artículos 42 al 56 de este reglamento. Esto aplica especialmente si los participantes son grupos como niños, embarazadas, personas con discapacidad o en situaciones vulnerables. En pocas palabras, no basta con la ética básica, también hay requisitos extra para proteger a estos grupos. Las reglas exactas están detalladas en esos artículos del 42 al 56.
Texto oficial
ARTICULO 41.-Además de las disposiciones generales de ética que deberán cumplirse en toda investigación en seres humanos, aquéllas que incluyan a los sujetos a que se refiere este capítulo deberán satisfacer lo que se establece en los artículos 42 al 56 de este Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.