Artículo 62 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para hacer investigaciones con personas en hospitales o clínicas, los doctores o encargados deben pedir permiso a la Secretaría de Salud. Tienen que entregar varios papeles: un plan detallado del estudio que muestre los riesgos comparados con tratamientos normales, una carta de aceptación del hospital, una opinión positiva de comités de ética e investigación, una lista del equipo y personal disponibles, cómo atenderán emergencias, la experiencia del investigador principal, los estudios del equipo médico, y cualquier otro requisito que pida la Secretaría.
Texto oficial
ARTICULO 62.-Las autoridades correspon• dientes de las instituciones de atención a la salud que realicen estas investigaciones deberán ob• tener la autorización de la Secretaría. Al efecto, presentarán la siguiente documentacion: 1. Protocolo de investigación que deberá contener un análisis objetivo y completo de los riesgos involucrados, comparados con los riesgos de los métodos de diagnóstico y trata• miento establecidos y la expectativa de las con- dlcIOnes de vida del sujeto con y sin el procedi• miento o tratamiento propuesto; 11. Carta de aceptación del titular de la insti• tución donde se efectuará la investigación; 111. Dictamen favorable de las Comisiones de Investigación, Etica y, en su caso, de biosegu• ridad; IV. Descripción de los recursos disponibles, incluyendo áreas, equipo y servicios auxiliares de laboratorios y gabinetes; V. Descripción de los recursos disponibles para el manejo de urgencias médicas; VI. Historial profesional del investigador principal, que incluya su preparación aca• démica, producción científica representativa y práctica clínica o experiencia en el área de la in• vestigación propuesta; VII. Preparación académica y experiencia del personal médico, para médico y otros ex• pertos. que. participarán en las actividades de la mvestIgaclón; VIII. Los requisitos señalados en los ar• tículos 69 y 73 de este Reglamento, en su caso, y IX. Las demás que señalen las normas téc- nicas que al efecto emita la Secretaría. '
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.