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Artículo 185 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los fluoroscopios son máquinas de rayos X que muestran imágenes en movimiento del cuerpo, como cuando ves el latido del corazón o el movimiento del estómago. Según este artículo, solo los médicos radiólogos (doctores especializados en radiología) pueden usarlos para atender a los pacientes. Esto es para asegurarse de que la persona que maneja el equipo tiene el entrenamiento necesario y sabe cómo interpretar las imágenes sin poner en riesgo la salud de nadie. En pocas palabras, ningún otro tipo de doctor o personal puede operar estos aparatos, solo los especialistas en rayos X.

Texto oficial

ARTICULO 185.- Los fluoroscopios solamente podrán ser operados por médicos radiólogos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.