Artículo 185 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los fluoroscopios son máquinas de rayos X que muestran imágenes en movimiento del cuerpo, como cuando ves el latido del corazón o el movimiento del estómago. Según este artículo, solo los médicos radiólogos (doctores especializados en radiología) pueden usarlos para atender a los pacientes. Esto es para asegurarse de que la persona que maneja el equipo tiene el entrenamiento necesario y sabe cómo interpretar las imágenes sin poner en riesgo la salud de nadie. En pocas palabras, ningún otro tipo de doctor o personal puede operar estos aparatos, solo los especialistas en rayos X.
Texto oficial
ARTICULO 185.- Los fluoroscopios solamente podrán ser operados por médicos radiólogos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.