Artículo 218 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien quiere un permiso para operar algún servicio de salud, las autoridades sanitarias solo lo van a dar si cumples con todos los requisitos que piden las normas oficiales mexicanas. También tienes que pagar los impuestos o derechos que marca la ley de Hacienda, según lo que dice el artículo 371 de la Ley General de Salud. En pocas palabras, primero debes cubrir todo lo que piden las reglas y pagar lo que te toca; después te dan la autorización.
Texto oficial
ARTICULO 218.- Las autoridades sanitarias competentes expedirán las autorizaciones respectivas, cuando el solicitante hubiere satisfecho los requisitos que señalen las normas oficiales mexicanas REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-07-2018 43 de 56 aplicables y cubierto, en su caso, los derechos que establezca la legislación fiscal, de conformidad con lo expuesto por el artículo 371 de la Ley. Artículo reformado DOF 01-11-2013
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