Artículo 17 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que alguien puede ser candidato a un trasplante si cumple cuatro condiciones: tener una enfermedad que se pueda curar con el trasplante, no tener otras enfermedades que lo pongan en riesgo, estar en buenas condiciones físicas y mentales para aguantar la operación, y dar su permiso por escrito después de entender toda la información. Si el paciente es menor de edad o no puede dar su consentimiento por estar incapacitado, entonces sus papás, tutor o representante legal deben autorizar el trasplante en su lugar.
Texto oficial
Artículo 17. Una persona será considerada candidata para recibir un Trasplante cuando: I. Tenga un padecimiento que pueda tratarse de manera eficaz por medio de un Trasplante de Órgano, Tejido o célula; II. No presente otras enfermedades que pudieran poner en riesgo el éxito del Trasplante; III. Tenga una condición física y mental que permita suponer que tolerará el Trasplante y su evolución, y IV. Otorgue su consentimiento informado de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. En caso de menores de edad o incapacidad del paciente para otorgar su consentimiento para la realización del Trasplante, éste deberá ser otorgado por quienes ejerzan la patria potestad, el tutor o el representante legal, según corresponda.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.