Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 73 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los contenedores donde se transportan órganos, tejidos o células para trasplante deben llevar una etiqueta pegada con datos específicos. Esa etiqueta tiene que incluir el texto "ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS PARA TRASPLANTE", qué tipo de órgano o tejido es, el nombre del hospital donde se extrajo, el nombre del hospital que lo va a recibir y el nombre de la persona encargada de llevarlo. Así se asegura que todo esté bien identificado durante el traslado.

Texto oficial

Artículo 73. Los contenedores a que se refiere el artículo anterior, deberán identificarse mediante un documento adherido que tendrá los siguientes datos: I. La leyenda “ÓRGANOS, TEJIDOS Y CÉLULAS PARA TRASPLANTE”; II. Tipo de Órgano, Tejido o célula; III. Nombre del Establecimiento de Salud donde se llevó a cabo la Extracción; IV. Nombre del Establecimiento de Salud que recibirá el Órgano, Tejido o célula, y V. Nombre del responsable del traslado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.