Artículo 75 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada contenedor que lleve un órgano, tejido o células debe traer una hoja con información clave. Primero, va el nombre del donador pero solo con iniciales y su tipo de sangre. Luego, la fecha y hora exactas de cuando se extrajo el órgano, para saber desde cuándo empezó a contar el tiempo frío (que es cuando el órgano se conserva en hielo). También se anota qué órganos, tejidos o células van dentro del contenedor. Además, se incluye el hospital a donde se mandan los órganos y los resultados de los análisis que confirmen que no hay riesgos para la salud. Por último, el nombre de la persona encargada de llevar el traslado.
Texto oficial
Artículo 75. Al contenedor se deberá acompañar un documento con la siguiente información: I. Datos del Donador, consistentes en las iniciales de su nombre y el tipo de sangre; II. Fecha y hora de la Extracción, a fin de determinar el inicio del periodo de isquemia fría; III. Relación de Órganos, Tejidos o células que se encuentren en el contenedor; IV. Establecimiento de Salud de destino y resultado de los exámenes de laboratorio que descarten un riesgo sanitario, y V. Nombre del responsable del traslado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.