Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 82 dice que si quieres traer tejidos o células del extranjero a México, el hospital o clínica que los va a recibir tiene que explicarle a la COFEPRIS (la agencia que regula medicamentos y salud) y al CENATRA (que maneja trasplantes) por qué es necesario traerlos de fuera. También debe demostrar que es difícil o imposible conseguir esos tejidos o células aquí en México. En pocas palabras, necesitas un permiso especial justificando que no hay alternativa nacional.
Texto oficial
Artículo 82. Para la internación de Tejidos o células al territorio nacional, el Establecimiento de Salud que pretenda recibir el Tejido o célula, deberá justificar ante la COFEPRIS y el CENATRA la necesidad de su internamiento, así como la dificultad de su obtención en el país.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.