Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 30 dice que las relaciones de trabajo entre la Comisión Ejecutiva y sus empleados se manejan según el artículo 123, Apartado B de la Constitución. Eso significa que los trabajadores de esta Comisión tienen derechos especiales, como los que tienen los empleados del gobierno (por ejemplo, prestaciones, estabilidad en el empleo y sindicatos). En pocas palabras, no aplican las reglas del trabajo común de empresas privadas, sino las que protegen a los burócratas. Esto asegura que los empleados de la Comisión estén cubiertos por la ley federal de trabajadores al servicio del Estado.
Texto oficial
Artículo 30. Las relaciones laborales entre la Comisión Ejecutiva y sus trabajadores, se rigen por el artículo 123, Apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. CAPÍTULO II DEL PLENO DE LA COMISIÓN EJECUTIVA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.