Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión Ejecutiva (una especie de oficina principal de apoyo a víctimas) es quien debe crear un documento llamado "Modelo Integral de Atención a Víctimas". Ese documento va a explicar cómo atender, ayudar y proteger a las víctimas, qué áreas de la Comisión se encargan de eso, qué se necesita para reparar el daño de manera completa y rápida, y también incluye un modelo especial de atención médica con servicios contratados a terceros. Para armar ese modelo, la Comisión debe pedir la opinión de otras dependencias del gobierno federal y de la Procuraduría (hoy Fiscalía) que también atienden víctimas. Finalmente, el modelo debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el sitio web de la Comisión para que todos lo conozcan.

Texto oficial

Artículo 6. La Comisión Ejecutiva es la encargada de emitir el Modelo Integral de Atención a Víctimas, el cual contendrá: I. El procedimiento de atención, asistencia y protección a las víctimas; II. Las áreas y unidades administrativas de la Comisión Ejecutiva a cargo de la atención, asistencia y protección a las víctimas; III. Las acciones necesarias para la oportuna y eficaz reparación integral, y REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE VÍCTIMAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 28-11-2014 3 de 28 IV. El Modelo de Atención Integral en Salud con servicios subrogados, en términos del artículo 32 de la Ley. La Comisión Ejecutiva, para la elaboración del Modelo Integral de Atención a Víctimas, deberá recabar la opinión de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que por su ámbito de competencia, brinden atención, asistencia y protección a las víctimas, así como de la Procuraduría General de la República. Para la implementación del Modelo Integral de Atención a Víctimas, la Comisión Ejecutiva se auxiliará de las instituciones que se refieren en el párrafo anterior. El Modelo Integral de Atención a Víctimas debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el portal de internet de la Comisión Ejecutiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.