Artículo 113 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vas a cazar como deporte en un predio, debes dejar sin tocar una franja de 100 metros desde el borde del terreno hacia adentro. Es decir, no puedes cazar en esa zona cerca del límite con los vecinos. Solo se permite si tú y el dueño del predio de al lado se ponen de acuerdo por escrito para cazar ahí.
Texto oficial
Artículo 113. Cuando se trate de aprovechamiento extractivo vía caza deportiva, los planes de manejo deberán contemplar el no aprovechamiento dentro una franja de cien metros medida a partir del límite perimetral del predio hacia adentro, salvo que exista acuerdo expreso entre los titulares de las UMA colindantes. Sección Segunda Medios y métodos
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.