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Artículo 37 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres que te cedan unos derechos de agua, no basta con hacer los trámites en la Secretaría. También tienes que cumplir con todas las reglas que ya existen sobre el uso del agua. O sea, debes seguir la ley y los reglamentos que aplican en el tema del agua. Esto es obligatorio para que te autoricen la cesión de esos derechos.

Texto oficial

Artículo 37. Además de las gestiones ante la Secretaría, las personas solicitantes de la cesión de derechos también deben cumplir con lo previsto en las disposiciones previstas en la legislación y normatividad aplicable en materia hídrica. CAPÍTULO IV De los Permisos para Usos Diversos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.