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Artículo 98 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te castigan por no cumplir una regla y después, dentro del año siguiente a ese castigo, vuelves a cometer la misma falta o una muy parecida, entonces te consideran reincidente. O sea, que no aprendiste la lección y repites el error.

Texto oficial

Artículo 98. Se considera reincidente a la persona que haya incurrido en un incumplimiento o incumplimientos y que se le haya sido impuesto una sanción, cometa otra del mismo tipo o naturaleza, dentro de un plazo de un año contado a partir de la imposición de la sanción respectiva.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 25) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.