Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa ya existente o que apenas se va a crear quiere emitir acciones especiales llamadas "inversión neutra" (que no dan poder de decisión en la empresa), primero debe pedir permiso a la Secretaría de Economía. Para tramitar ese permiso, la empresa tiene que entregar una solicitud por escrito con sus datos principales, como su nombre, dirección y a qué se dedica. También debe llevar el comprobante de que pagó los derechos correspondientes según la Ley Federal de Derechos. No importa a qué se dedique la empresa, ese permiso es obligatorio antes de crear ese tipo de acciones.
Texto oficial
ARTÍCULO 23.- Para efectos de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley, las sociedades ya constituidas o por constituirse, independientemente de la actividad que realicen, deben obtener autorización previa de la Secretaría para emitir series especiales de acciones con carácter de inversión neutra. Para obtener dicha autorización las sociedades deben presentar, en original y copia simple: I. Solicitud por escrito en la cual se especifiquen los datos generales de identificación, corporativos y de la actividad económica que desarrolle la sociedad solicitante, y II. Comprobante de pago de derechos previstos en la Ley Federal de Derechos. Capítulo III De la inversión neutra realizada por sociedades financieras internacionales para el desarrollo
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