Artículo 2 del REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, para entender bien este reglamento, tienes que usar las mismas definiciones que aparecen en el artículo 3 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos. También toma en cuenta las definiciones que vienen en el Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos. Además, cada vez que aquí se mencione "la Ley", se refiere específicamente a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Texto oficial
Artículo 2.- Para efectos de este Reglamento, son aplicables, en singular o plural, las definiciones a que se refiere el artículo 3 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, así como las que resulten aplicables del Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos. Párrafo reformado DOF 03-10-2025 Las referencias a la Ley en este Reglamento, se entenderán a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.