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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas
Artículo
71

Artículo 71 del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada año, el Instituto, junto con las Secretarías del gobierno correspondientes, va a publicar la convocatoria de becas para el siguiente ciclo escolar. Esa convocatoria primero la tiene que aprobar la Junta Directiva (que es como un grupo de personas que toman las decisiones importantes). Una vez aprobada, se hace pública para que todos puedan enterarse y solicitarla. Básicamente, es el aviso oficial para que sepas cuándo y cómo pedir una beca.

Texto oficial

Artículo 71. El Instituto por conducto de las Secretarías de origen, publicará anualmente la convocatoria de becas, aprobada por la Junta Directiva para el ciclo escolar correspondiente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (pág. 16) ↗

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