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Ley
REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
Artículo
63

Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas filmando o grabando para alguien de otro país, tienes que cumplir ciertos pasos para que el SAT te lo acepte. Primero, firma un contrato por escrito donde expliques bien qué servicios vas a dar. Segundo, antes de empezar a trabajar, avísale al SAT que vas a exportar ese servicio y llévale una copia del contrato, las fechas de grabación y los lugares donde filmarás. Si avisas después de ya haber empezado, ese aviso no sirve para nada. Por último, asegúrate de que te paguen con un cheque a tu nombre o con una transferencia bancaria directa a tu cuenta.

Texto oficial

Artículo 63. Conforme a lo dispuesto por el artículo 29, fracción IV, inciso g) de la Ley, los contribuyentes deberán cumplir con los requisitos siguientes: I. Celebrar por escrito un contrato de prestación de servicios en el que se especifiquen los servicios de filmación o grabación que serán prestados; II. Presentar un aviso de exportación de servicios de filmación o grabación ante el Servicio de Administración Tributaria, previamente a que los mismos se proporcionen, acompañando copia del contrato a que se refiere la fracción anterior, así como el calendario de la filmación o grabación y el listado de los lugares en los que se llevará a cabo. No tendrá efecto alguno la presentación extemporánea del aviso a que se refiere esta fracción; III. Derogada. Fracción derogada DOF 25-09-2014 IV. Recibir el pago de los servicios de filmación o grabación mediante cheque nominativo de quien reciba los servicios o mediante transferencia de fondos en cuentas de instituciones de crédito o casas de bolsa, hechos a nombre del contribuyente. Sección III De los servicios de hotelería y conexos para congresos, convenciones, exposiciones o ferias Derogada. Sección derogada DOF 25-09-2014

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (pág. 12) ↗

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