Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LMigra/140
Ley
REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Artículo
140

Artículo 140 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tener una visa o permiso de estancia no te da derecho automático a trabajar en profesiones que necesiten un título, cédula, licencia o permiso especial. Por ejemplo, si eres doctor o abogado, necesitas tener tus papeles mexicanos en regla aunque ya tengas la visa. Tú, como extranjero, eres el responsable de sacar esos permisos o certificados si tu trabajo los pide; tu patrón tiene que checar que los tengas o ayudarte a tramitarlos. Si tu situación migratoria está regular (todo en orden), sí puedes ser socio de empresas mexicanas, poner un negocio, comprar terrenos o casas, pedir permisos o servicios, y tener cuentas de banco en México, siempre y cuando cumplas con las leyes.

Texto oficial

Artículo 140. Las visas y documentos que acrediten una condición de estancia no otorgan autorización para el ejercicio de actividades o profesiones que requieren de certificaciones, licencias, títulos, permisos, anuencias u otros similares, emitidos por las autoridades competentes de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables. Corresponde a la persona extranjera obtener las certificaciones, licencias, títulos, permisos, anuencias u otros similares, cuando la ocupación que vaya a desarrollar lo requiera, y al empleador verificar que la persona extranjera cuente con ellas, o en caso procedente, gestionarlas. Las personas extranjeras con situación migratoria regular podrán participar en el capital social de sociedades mexicanas; desarrollar actividades económicas o empresariales; adquirir bienes inmuebles; ocurrir ante la autoridad competente para solicitar cualquier permiso, derecho, servicio o producto, y abrir cuentas bancarias en el territorio nacional, de conformidad con las leyes y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (pág. 47) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 140 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, explicado | Precedente Legal