Artículo 24 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para entrar al Instituto, necesitas cumplir con estos requisitos: tener un certificado que diga que cumples con lo que pide el artículo 23 de la ley, no haber sido condenado a prisión por un delito hecho a propósito (delito doloso) ni tener un juicio penal abierto, y no tener impedimentos legales para trabajar como servidor público. Si eres hombre, debes comprobar que ya hiciste tu Servicio Militar Nacional con tu cartilla liberada. También necesitas un título o diploma de estudios válido oficialmente para el puesto, y pasar un examen técnico sobre lo que vas a hacer en el trabajo.
Texto oficial
Artículo 24. Para ingresar al Instituto, los aspirantes deberán de reunir los requisitos siguientes: I. Obtener la certificación de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley; Fracción reformada DOF 23-05-2014 II. No haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso ni estar sujeto a proceso penal; III. No estar impedido para prestar sus servicios, en los términos de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y demás disposiciones jurídicas aplicables; IV. En los casos procedentes, cuando se trate de aspirantes del sexo masculino, acreditar el cumplimiento del Servicio Militar Nacional y contar con la correspondiente cartilla liberada; V. Contar con el grado académico que requiera el puesto, expedido por institución con reconocimiento de validez oficial, y VI. Aprobar el examen técnico relacionado con el perfil de puesto que va a ocupar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.