Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 34 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un error en tu acta de nacimiento o en tu carta de naturalización (por ejemplo, una letra mal escrita, un error al teclear o una falta de ortografía), puedes pedir que lo corrijan directamente en la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Esto solo aplica si el error no afecta información importante, como tu nombre completo, tu fecha de nacimiento o tu lugar de origen. En otras palabras, si el error es algo sencillo y no cambia tus datos esenciales, no necesitas hacer un trámite complicado, solo acudes a esa oficina para aclararlo.

Texto oficial

ARTÍCULO 34.- La aclaración de los documentos de nacionalidad mexicana por nacimiento y por naturalización, procederá directamente ante la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría cuando en la expedición del documento correspondiente, únicamente existan errores mecanográficos, ortográficos, o de otra índole, que no afecten los datos esenciales de aquellos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.