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Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si presentas documentos falsos, alterados o conseguidos de manera ilegal, o si das información que no es verdad, el trámite que estés haciendo se va a cancelar, sin importar en qué paso vaya. Además de cancelarlo, te pueden aplicar una multa como la que dice el artículo 42 de este reglamento, e incluso podrías enfrentar problemas legales o administrativos, como una demanda o una sanción de alguna autoridad.

Texto oficial

ARTÍCULO 9.- Se cancelará el trámite en cualquiera de las etapas en las que éste se encuentre, en caso de que la persona que lo solicite, presente documentos falsos o alterados, documentos que hayan sido obtenidos de manera fraudulenta o bien, proporcione información falsa. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal o administrativa que resulte, conforme a la legislación aplicable y las multas a que se refiere el artículo 42 del presente Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.