Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si presentas documentos falsos, alterados o conseguidos de manera ilegal, o si das información que no es verdad, el trámite que estés haciendo se va a cancelar, sin importar en qué paso vaya. Además de cancelarlo, te pueden aplicar una multa como la que dice el artículo 42 de este reglamento, e incluso podrías enfrentar problemas legales o administrativos, como una demanda o una sanción de alguna autoridad.
Texto oficial
ARTÍCULO 9.- Se cancelará el trámite en cualquiera de las etapas en las que éste se encuentre, en caso de que la persona que lo solicite, presente documentos falsos o alterados, documentos que hayan sido obtenidos de manera fraudulenta o bien, proporcione información falsa. Lo anterior, sin perjuicio de la responsabilidad penal o administrativa que resulte, conforme a la legislación aplicable y las multas a que se refiere el artículo 42 del presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.