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Artículo 1 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Procurador General de Justicia de la Ciudad de México es el jefe de la Procuraduría, y su trabajo es investigar los delitos y perseguir a los sospechosos. Para hacer esto, debe seguir lo que dicen la Constitución y otras leyes, actuando con principios como la honestidad, la objetividad y el respeto a los derechos humanos. En pocas palabras, este artículo dice quién manda en la Procuraduría y cómo debe hacer su labor.

Texto oficial

Artículo 1.- La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal estará a cargo del Procurador General de Justicia del Distrito Federal quien de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, ejercerá las atribuciones conferidas al Ministerio Público del Distrito Federal para investigar los delitos y perseguir a los imputados, conforme a lo establecido por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y demás disposiciones legales aplicables de acuerdo con los principios de legalidad, certeza, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto a los derechos humanos, señalados en los artículos 21, 113 y 134 de la misma Constitución y leyes que de ella emanen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.