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Artículo 83 del REGLAMENTO de la Ley Minera

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 83 dice que el jefe de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto (el área que se encarga de planear y controlar el dinero de la Procuraduría) tiene varias tareas importantes. Por ejemplo, él debe crear y compartir las reglas para hacer los planes, presupuestos y controles de dinero y cuentas de la Procuraduría. También se encarga de armar el proyecto de presupuesto que necesita la institución, gestionar que lo autoricen, y luego vigilar que se use bien. Otras de sus labores son ayudar a las demás áreas a gastar su presupuesto correctamente, revisar contratos de obras y servicios, y elaborar informes financieros. Además, debe proponer cambios en la estructura de la Procuraduría, hacer manuales de organización y asegurarse de que se sigan las reglas de ahorro y disciplina presupuestal que marca el Gobierno.

Texto oficial

Artículo 83.- Al frente de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto habrá un Director General, quien ejercerá por sí o a través de los servidores públicos que le estén adscritos, las atribuciones siguientes: I. Establecer, aplicar y difundir las normas, políticas, sistemas y procedimientos para la instrumentación de los sistemas de planeación, programación, presupuestación, evaluación y control financiero y contable de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; II. Conducir la integración del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos de la Procuraduría y realizar las gestiones necesarias para su autorización, así como controlar y evaluar el presupuesto asignado, modificado y ejercido de la Institución, en apego a la normatividad aplicable; III. Dirigir, controlar, dar seguimiento y asesorar a las unidades administrativas en el ejercicio del presupuesto autorizado y comunicar de sus avances, así como tramitar ante las instancias competentes el pago de los documentos derivados de los compromisos adquiridos; IV. Conducir y supervisar el control presupuestal de los pedidos, contratos y convenios en materia de obras y servicios en los que participe la Procuraduría; REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 24-10-2011 68 de 94 V. Elaborar informes contables internos, verificar y resguardar los registros contables, así como formular, consolidar y generar los estados financieros y demás información de tipo contable y financiera de la Institución; VI. Presentar a la Oficialía Mayor de la Institución, los proyectos de adecuaciones a la estructura orgánica de la Procuraduría, así como coordinar y asesorar a las unidades administrativas de la Institución en el rediseño de su estructura, y emitir una opinión técnica sobre las propuestas de modificación a las mismas; VII. Dirigir la integración del Manual General de Organización, los manuales de organización específicos, los de normas y procedimientos, y los demás documentos técnicos y administrativos que resulten necesarios para el buen funcionamiento de la Procuraduría, y tramitar ante las instancias correspondientes su oficialización, y verificar su permanente actualización; VIII. Establecer y difundir las normas, sistemas y procedimientos para la administración de los recursos financieros de la Procuraduría, con apego a las Políticas de Racionalidad, Austeridad y Disciplina Presupuestal emitidas por el Gobierno del Distrito Federal y observando los lineamientos establecidos por el Procurador y la Oficialía Mayor; IX. Aplicar las normas y lineamientos en materia de pagos a proveedores o contratistas, de acuerdo a los pedidos, convenios o contratos celebrados con la Institución, en apego a lo establecido en las disposiciones correspondientes; X. Coordinar la integración de la Cuenta Pública anual, así como de los Informes de Avance trimestral de la Institución y los demás reportes que le requiera el Oficial Mayor; XI. Coordinar con la Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal la formulación de los informes previos y justificados en los juicios de amparo promovidos contra actos de los servidores públicos adscritos a la Dirección General, así como la presentación de las promociones y los recursos que deban interponerse; XII. Atender los requerimientos o peticiones de información, dirigidos a la Oficina de Información Pública de la dependencia, en coordinación con la Dirección General de Política y Estadística Criminal, de acuerdo a los lineamientos que se establezcan y de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y demás normatividad aplicable; XIII. Llevar a cabo las acciones que correspondan a la administración y ejercicio de los recursos federales que se otorguen para la Implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal en el Distrito Federal, de conformidad con las normas legales aplicables y de acuerdo con los anexos técnicos que sean aprobados por la instancia respectiva, y XIV. Las demás que de manera directa le asigne el Oficial Mayor, conforme a las actividades inherentes a su cargo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 67) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.