Artículo 115 del REGLAMENTO de la Ley Minera
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que puedas portar un arma de fuego en tu trabajo (como policía o guardia), el Centro de Evaluación y Control de Confianza te hará unos exámenes médicos, psicológicos y de drogas. Esto es para asegurarse de que estás física y mentalmente apto para cargar un arma. Si no pasas el examen de drogas (examen toxicológico), te van a correr del puesto o cargo que tengas, según lo que digan las reglas de seguridad pública y la ley de la organización.
Texto oficial
Artículo 115. Con el fin de determinar que el personal susceptible de portar armas de fuego cuenta con la capacidad física y psicológica necesaria para tal efecto, el Centro de Evaluación y Control de Confianza realizará los exámenes médicos, psicológicos y toxicológicos correspondientes, de conformidad con la normativa aplicable en la materia. Los servidores públicos que no acrediten el examen toxicológico serán separados del encargo, de conformidad con las disposiciones que se establecen en el Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley Orgánica.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.