Artículo 179 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 179 habla sobre cómo calcular los aumentos de costos en un proyecto cuando los materiales o trabajos suben de precio. Para eso, tienes que revisar el plan de trabajo que acordaste desde el principio y ver exactamente cuánto falta por hacer. Solo se toman en cuenta las partes del proyecto que todavía no se han completado cuando empieza el aumento. En otras palabras, si los costos suben, el ajuste solo aplica para lo que no se ha ejecutado, no para lo que ya hiciste.
Texto oficial
Artículo 179.- En el procedimiento para la determinación de los ajustes de costos previsto en la fracción I del artículo 57 de la Ley, para la determinación de los ajustes de costos se deberán precisar las cantidades que se encuentran pendientes de ejecutar, conforme al programa de ejecución convenido a partir del inicio del periodo en el cual se produzca el incremento en los costos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.