Artículo 192 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se calcula el salario real de un trabajador, hay ciertos beneficios o prestaciones que la ley dice que no deben tomarse en cuenta. Por ejemplo, no se incluyen cosas como el transporte que da la empresa, el comedor, las instalaciones deportivas o los servicios sindicales. Tampoco cuentan las herramientas de trabajo, como cascos, guantes o ropa especial, ni la comida o la vivienda si el trabajador paga por ellas. Además, no se consideran premios por llegar temprano o por asistencia, ni los viáticos cuando un trabajador tiene que viajar por su chamba. Todo esto se toma en cuenta aparte, como parte de los costos indirectos de la obra o proyecto.
Texto oficial
Artículo 192.- En la determinación del salario real no deberán considerarse los siguientes conceptos: I. Aquéllos de carácter general referentes a transportación, instalaciones y servicios de comedor, campamentos, instalaciones deportivas y de recreación, así como las que sean para fines sociales de carácter sindical; II. Instrumentos de trabajo, tales como herramientas, ropa, cascos, zapatos, guantes y otros similares; III. La alimentación y la habitación cuando se entreguen en forma onerosa a los trabajadores; IV. Cualquier otro cargo en especie o en dinero, tales como despensas, premios por asistencia y puntualidad; V. Los viáticos y pasajes del personal especializado que por requerimientos de los trabajos a ejecutar se tenga que trasladar fuera de su lugar habitual de trabajo, y VI. Las cantidades aportadas para fines sociales, considerándose como tales, entre otras, las entregadas para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva. El importe del o los conceptos anteriores que sean procedentes deberán ser considerados en el análisis correspondiente de los costos indirectos de campo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.