Artículo 221 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando haces un contrato donde se acuerda un precio fijo por toda la obra, el gobierno puede dividir el trabajo en partes o actividades principales para medir cuánto se ha avanzado y pagarte por partes. Esto solo se permite si la obra es muy grande, complicada o especial. Pero aunque te paguen por partes, tú como contratista sigues siendo responsable de terminar todo el trabajo. Esto no aplica para proyectos de infraestructura productiva que duren muchos años.
Texto oficial
Artículo 221.- En los contratos a precio alzado, las dependencias y entidades podrán dividir los trabajos en las actividades principales a que se refiere el siguiente artículo para efectos de medición y de pago, cuando las características, complejidad y magnitud de los trabajos a realizar así lo requieran. En este caso, la responsabilidad del contratista subsistirá hasta la total terminación de los trabajos. Lo previsto en el párrafo anterior no será aplicable a los proyectos de infraestructura productiva de largo plazo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.