Artículo 223 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 223 dice que para medir y pagar los trabajos (por ejemplo, en una construcción), hay que usar una lista de actividades organizadas por la “ruta crítica”, que es la secuencia de tareas más importantes para terminar a tiempo. También se deben usar formatos llamados “cédulas” que muestren los avances y los pagos planeados, junto con el programa de ejecución acordado entre las partes. Todo esto debe coincidir y complementarse, es decir, no puede haber contradicciones entre lo que se planeó, lo que se avanza y lo que se paga. En pocas palabras, todo debe estar bien coordinado para que no haya chuecos ni malentendidos.
Texto oficial
Artículo 223.- Para la medición y pago de los trabajos se deberá utilizar la red de actividades con ruta crítica, cédulas de avances y de pagos programados, así como el programa de ejecución convenido, los que deben ser congruentes y complementarios entre sí.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.