Artículo 233 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando el gobierno necesita hacer un proyecto grande de infraestructura, como carreteras, puentes o plantas de tratamiento, debe juntar varios trabajos en un solo contrato. Eso significa que en vez de hacer contratos separados para el diseño, la construcción y el mantenimiento, prefiere hacer un "contrato mixto" que incluya todo junto. Así se ahorra tiempo, problemas y se asegura de que una sola empresa o grupo sea responsable de todo el proyecto. Esto aplica tanto para las oficinas del gobierno como para sus empresas.
Texto oficial
Artículo 233.- Las dependencias y entidades que requieran de proyectos integrales preferentemente celebrarán contratos mixtos. CAPÍTULO NOVENO DE LAS OBRAS PÚBLICAS ASOCIADAS A PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.