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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Artículo
257

Artículo 257 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno elige usar un sistema de puntos o porcentajes para calificar las ofertas en una licitación, debe publicar en la convocatoria cómo va a evaluar cada parte de la propuesta. Esto incluye los rubros (como precio o calidad), los rangos y qué tanto peso tiene cada aspecto. Todo esto tiene que hacerse siguiendo las reglas que dicte la Secretaría de la Función Pública. En otras palabras, la autoridad debe ser clara y transparente desde el principio sobre cómo va a decidir quién gana el contrato.

Texto oficial

Artículo 257.- Cuando las dependencias y entidades opten por utilizar el mecanismo de puntos o porcentajes en la evaluación de las proposiciones, en la convocatoria a la licitación pública deberán considerar los rubros, subrubros, rangos, ponderaciones y criterios, de conformidad con los lineamientos que al efecto expida la Secretaría de la Función Pública. TÍTULO TERCERO DE LAS OBRAS POR ADMINISTRACIÓN DIRECTA

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas (pág. 120) ↗

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