Artículo 274 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando presentes una queja formal por escrito, debes incluir un documento que demuestre que ya presentaste la manifestación que se menciona en el artículo 35. Ese documento puede ser un comprobante con sello de la dependencia o una constancia de que lo enviaste por medios electrónicos usando el sistema CompraNet. Si no entregas este comprobante, la autoridad te pedirá que lo corrijas, como lo indica el artículo 84 de la ley. En pocas palabras, no olvides el comprobante desde el inicio.
Texto oficial
Artículo 274.- Al escrito inicial de las inconformidades a que se refiere la fracción I del artículo 83 de la Ley, deberá acompañarse la manifestación a que se refiere el tercer párrafo del artículo 35 de la Ley, con el acuse de recibo o sello de la dependencia o entidad correspondiente, o bien, la constancia que se obtenga de su envío en forma electrónica, a través de CompraNet. La omisión de exhibir el documento referido en el párrafo anterior será motivo de prevención en términos de lo dispuesto por el penúltimo párrafo del artículo 84 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.