Artículo 277 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Para que te suspendan un acto que estás impugnando (como una multa o un cobro indebido), tienes que pedirlo desde el primer escrito que presentes, no después. Si el acto original se suspende, también se suspenden automáticamente todos los efectos que vengan de ese acto. No puedes esperar a pedir la suspensión más tarde; debe ir en tu queja inicial.
Texto oficial
Artículo 277.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley, la suspensión del acto impugnado en la inconformidad y la de los que de éste deriven se deberá solicitar en el escrito inicial de inconformidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.