Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 39 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta de aclaraciones es una reunión que se hace después de visitar el lugar donde se van a hacer los trabajos. Las dependencias del gobierno pueden organizar tantas juntas como necesiten, según lo complicado o grande que sea el proyecto, y deben avisar a los asistentes la fecha de la siguiente junta. Si cambian las reglas de la licitación (el proceso para contratar a alguien para el trabajo), tienen que publicarlo en CompraNet, que es un sistema en internet del gobierno. Los interesados en participar en la licitación pueden ir a la junta, pero no es obligatorio. Para poder hacer preguntas o pedir aclaraciones sobre la convocatoria, deben mandar un escrito con sus datos a la dependencia que organiza el concurso, como se explica en el artículo 35 de la Ley. Si alguien no presenta ese escrito, solo puede ir a la junta como observador, sin participar activamente. Las preguntas que hagan deben ser claras y tener que ver directamente con lo que dice la convocatoria. También deben señalar el número o punto específico del documento al que se refieren; si no lo hacen así, la dependencia puede rechazar la pregunta. Las solicitudes se pueden entregar en persona en la junta o por CompraNet, pero hay que mandarlas con suficiente tiempo antes de la reunión, según lo que marca la ley.

Texto oficial

Artículo 39.- La junta de aclaraciones deberá ser posterior a la visita al sitio de realización de los trabajos. Las dependencias y entidades podrán celebrar el número de juntas de aclaraciones que se consideren necesarias, atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos a realizar, debiendo comunicar a los asistentes en cada junta la nueva fecha de celebración. De existir REGLAMENTO DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 24-02-2023 22 de 134 modificaciones a las condiciones de la convocatoria a la licitación pública éstas se difundirán a través de CompraNet. La asistencia a la junta de aclaraciones en las licitaciones públicas es optativa para los licitantes. Las personas que manifiesten su interés en participar en la licitación pública mediante el escrito a que se refiere el tercer párrafo del artículo 35 de la Ley, serán consideradas licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración, dudas o cuestionamientos en relación con la convocatoria a la licitación pública. Dichas solicitudes deberán remitirse a la convocante en la forma y términos establecidos en dicho artículo, acompañadas del escrito señalado. El escrito a que se refiere el párrafo anterior deberá contener los datos y requisitos indicados en la fracción VI del artículo 61 de este Reglamento. Si el escrito señalado en este artículo no se presenta, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona que lo solicite en calidad de observador, en términos del penúltimo párrafo del artículo 27 de la Ley. Las solicitudes de aclaración que, en su caso, deseen formular los licitantes deberán plantearse de manera concisa y estar directamente relacionadas con los puntos contenidos en la convocatoria a la licitación pública. Cada solicitud de aclaración deberá indicar el numeral o punto específico con el cual se relaciona la pregunta o aspecto que se solicita aclarar; aquellas solicitudes de aclaración que no se presenten en la forma señalada podrán ser desechadas por la convocante. Las solicitudes de aclaración se presentarán, a elección del licitante, de manera personal en la junta de aclaraciones en el domicilio señalado por la dependencia o entidad en la convocatoria a la licitación pública para llevar a cabo dicho evento, o bien, a través de CompraNet, con la anticipación indicada en el cuarto párrafo del artículo 35 de la Ley. La convocante tomará como hora de recepción de las solicitudes de aclaración del licitante que se formulen a través de CompraNet, la hora que registre el sistema al momento de su envío. El acta de la junta de aclaraciones contendrá la firma de los asistentes interesados y de los servidores públicos que intervengan; las solicitudes de aclaración formuladas por los licitantes, así como las respuestas de la dependencia o entidad en forma clara y precisa y, en su caso, los datos relevantes de la visita al sitio de realización de los trabajos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.