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Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando en una licitación entregas tu propuesta, los encargados solo van a revisar que hayas entregado todos los documentos necesarios, pero no van a analizar si tu oferta es buena en lo técnico, legal o administrativo. Tú eres el único responsable de entregar tu propuesta completa y a tiempo en el evento. Si alguien más va a dejar los papeles por ti, no te preocupes si no trae identificación o muestra que tiene permiso para hacerlo, porque no te van a descalificar por eso; eso sí, esa persona solo podrá estar presente como observador, no podrá participar activamente.

Texto oficial

Artículo 59.- Las proposiciones que se reciban en el acto de presentación y apertura de las mismas serán revisadas sólo para el efecto de hacer constar la documentación presentada por los licitantes, sin entrar a su análisis técnico, legal o administrativo. Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que únicamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 38) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.