Artículo 59 del REGLAMENTO de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando en una licitación entregas tu propuesta, los encargados solo van a revisar que hayas entregado todos los documentos necesarios, pero no van a analizar si tu oferta es buena en lo técnico, legal o administrativo. Tú eres el único responsable de entregar tu propuesta completa y a tiempo en el evento. Si alguien más va a dejar los papeles por ti, no te preocupes si no trae identificación o muestra que tiene permiso para hacerlo, porque no te van a descalificar por eso; eso sí, esa persona solo podrá estar presente como observador, no podrá participar activamente.
Texto oficial
Artículo 59.- Las proposiciones que se reciban en el acto de presentación y apertura de las mismas serán revisadas sólo para el efecto de hacer constar la documentación presentada por los licitantes, sin entrar a su análisis técnico, legal o administrativo. Los licitantes son los únicos responsables de que sus proposiciones sean entregadas en tiempo y forma en el acto de presentación y apertura de proposiciones. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que únicamente entregue la proposición, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de observador.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.