Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 139 del REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La condecoración es como una medalla o premio que se le da a un integrante de alguna institución por haber hecho algo especial. En este artículo se mencionan los tipos de medallas que puede recibir una persona que sigue trabajando activamente en esa institución. Por ejemplo, hay medalla por buen trabajo como policía (Mérito Policial), por ayudar a la comunidad (Mérito Cívico), o por ser un ejemplo para los demás (Mérito Ejemplar). También hay premios por inventar cosas nuevas (Mérito Tecnológico), por enseñar (Mérito Docente), o por los años que llevas trabajando (Tiempo de Servicio). En total son nueve tipos de medallas diferentes.

Texto oficial

Artículo 139.- La Condecoración es la presea o joya que galardona un acto o hechos específicos de los Integrantes de la Institución. Las condecoraciones que se otorgarán al personal en activo de la Institución serán las siguientes: I. Mérito Policial; II. Mérito Cívico; III. Mérito Social; IV. Mérito Ejemplar; V. Mérito Tecnológico; VI. Mérito Facultativo; VII. Mérito Docente; VIII. Mérito Deportivo, y IX. Tiempo de Servicio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 134) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.