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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LPI_161216/26
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
26

Artículo 26 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto (la oficina de patentes) puede pedirte que le muestres un ejemplo físico o un modelo de tu invento, ya sea del tamaño real o más chico. Esto solo lo hará si es necesario para entender mejor cómo funciona tu creación. No tienes que preocuparte si ya explicaste bien tu invento en los documentos. Básicamente, es como cuando en la escuela te piden llevar una maqueta para que todos entiendan mejor tu proyecto.

Texto oficial

ARTICULO 26.- El Instituto podrá requerir al solicitante para que exhiba un ejemplar o modelo de la invención cuya protección solicita, en tamaño natural o a escala reducida, siempre que sea necesario para ayudar a comprender la invención.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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