Artículo 63 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pides cancelar el registro de una marca, el Instituto (el IMPI) puede pedirte que confirmes o ratifiques tu solicitud. Esto pasa en dos casos: primero, si la marca tiene varios dueños (cotitularidad), y segundo, si es una marca colectiva (que usa un grupo como una asociación o cooperativa). En estas situaciones, necesitan asegurarse de que todos los involucrados están de acuerdo con la cancelación. Así que básicamente, si la marca no es solo tuya, el Instituto te pedirá que verifiques que quieres darla de baja.
Texto oficial
ARTICULO 63.- El Instituto podrá requerir la ratificación de la solicitud de cancelación de un registro de marca cuando: I.- Exista cotitularidad de la marca registrada de que se trate, y II.- Se trate de marcas colectivas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.