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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Artículo
23

Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te negaron la aprobación de algo, puedes volver a pedirla, pero primero debes cumplir con los requisitos que te faltaban. Solo hasta que los tengas listos, puedes hacer la solicitud otra vez. No hay límite de veces para intentarlo, siempre y cuando vayas cumpliendo lo que te piden.

Texto oficial

Artículo 23.- En los casos en los que se haya negado la aprobación, los interesados podrán solicitarla nuevamente una vez satisfechos los requisitos faltantes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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