Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si te negaron la aprobación de algo, puedes volver a pedirla, pero primero debes cumplir con los requisitos que te faltaban. Solo hasta que los tengas listos, puedes hacer la solicitud otra vez. No hay límite de veces para intentarlo, siempre y cuando vayas cumpliendo lo que te piden.
Texto oficial
Artículo 23.- En los casos en los que se haya negado la aprobación, los interesados podrán solicitarla nuevamente una vez satisfechos los requisitos faltantes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.