Artículo 79 del REGLAMENTO de la Ley de Planeación y Transición Energética
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Energía puede hacer convenios con institutos de electricidad, energía nuclear, petróleo, universidades y organismos certificadores. El objetivo es que expertos nacionales y extranjeros ayuden a crear programas de capacitación y estándares para el sector energético. Esto se paga con fondos destinados a la transición energética, que busca cambiar a energías más limpias. También sirve para que los trabajadores del petróleo se reconviertan a trabajos en energías renovables. Todo esto se hace de manera ordenada y justa.
Texto oficial
Artículo 79. La Secretaría, con el apoyo del Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, el Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares, el Instituto Mexicano del Petróleo, las universidades y organismos certificadores en el marco del Sistema Nacional de Competencias, puede suscribir convenios y acuerdos para asegurar la participación de la comunidad académica nacional e internacional en el desarrollo de capacidades y estándares de competencias en el Sector Energético que se realicen a través de los fondos para promover la Transición Energética justa y ordenada, y para coadyuvar en la reconversión de capacidades del Sector Hidrocarburos hacia Energías Renovables y Energías Limpias. Capítulo II Del Financiamiento y la Inversión para la Transición Energética Sección I Del Financiamiento para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.